miércoles, 7 de noviembre de 2012

BAHÍA BLANCA: 38 AÑOS POR VIOLAR Y FILMAR A SU HIJA


Un hombre fue condenado a la pena de 38 años de prisión acusado de haber abusado sexualmente y filmado con un teléfono celular a su hija de 11 años durante un hecho registrado a principio de este año en el interior de una finca de Bahía Blanca, al sur bonaerense.

El Tribunal Oral en lo Criminal 3 (TOC) integrado por los jueces Raúl Guillermo López Camelo, Daniela Castaño y Eduardo D'Ampeire condenó al hombre por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante reiterado agravado por el vínculo, abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso real con producción, publicación y distribución pornográfica infantil y concurso ideal con corrupción de menores agravada”.

Fuentes judiciales informaron que “los hechos se registraron durante los meses de enero y febrero del presente año en el interior de una finca habitada por el imputado, cuyos datos se mantienen en reserva, ubicada en el barrio Mariano Moreno de Bahía Blanca”.

“Según la investigación el hombre, cuyos datos se mantienen en reserva, abusó varias veces de su hija de once años quien había llegado a Bahía Blanca junto con un hermanastro de visita”, agregaron las fuentes. Uno de los voceros informó que “además el hombre utilizó un teléfono celular para registrar el delito y difundirlo entre sus contactos”.

El hermanastro de la víctima fue el que se dirigió a la comisaría donde radicó una denuncia, y a partir de allí y con la prueba de las filmaciones tomó conocimiento del hecho la fiscal de la Unidad de Delitos Sexuales María Marta Corrado.

Durante los alegatos la funcionaria judicial había pedido ante el Tribunal una pena de 44 años de prisión, en tanto que la defensora oficial Fabiana Vannini reclamó una sanción mínima por considerar que el imputado “tenía dificultades para comprender los actos”. Corrado también señaló ante los jueces que “el imputado comprendía la criminalidad de los actos y según diversos estudios de peritos cuenta con características comunes de personas relacionadas con delitos sexuales”.

Tras los alegatos, el Tribunal bahiense condenó al hombre a la pena de 38 años de prisión por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante reiterado, agravado por el vínculo, abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso real con producción, publicación y distribución de pornografía infantil y concurso ideal con corrupción de menores agravada”.

FUENTE: TÉLAM

martes, 6 de noviembre de 2012

Campaña Nacional Contra Las Violencias Hacia las Mujeres

MISIONES: FUE A DENUNCIARLO Y LA MATÓ EN LA COMISARÍA


El lamentable episodio ocurrió en Misiones, donde Mariela García se acercó a la Comisaría de la Mujer para denunciar a su ex pareja por maltrato, pero fue sorprendida por él, quien tras ingresar en las oficinas le disparó con una escopeta.
Cansada del maltrato que sufría por parte de su ex marido, una mujer se acercó a una comisaría a denunciar un nuevo episodio de violencia de género y fue asesinada de un disparo de escopeta por su ex pareja. El insólito episodio ocurrió en la ciudad de Puerto Iguazú, y la víctima fue identificada como Mariela García.

La víctima trabajaba como inspectora de tránsito, y de acuerdo al informe policial murió inmediatamente después de recibir el disparo, lanzado por Mario Muga, el sargento ayudante que había sido su pareja.

Al momento del ataque, en la dependecia policial sólo se hallaban una encargada y una oficial que tomaba la denuncia. El agresor ingresó, se enfrentó con la encargada, la redujo y se dirigió al despacho en el que la víctima realizaba la denuncia. Sin preámbulos, le disparó y se dio a la fuga.

"Se montó un importante operativo de búsqueda y una hora después del hecho, se procedió a la detención del agresor en el barrio donde residía", 
comentó Daniel Molina, oficial de la comisaría de Puerto Iguazú. Además, precisó que Muga tenía una medida cautelar que le prohibía acercarse al domicilio de su ex mujer.

El sargento ayudante permanece en la seccional segunda, a donde quedó alojado a disposición del juez. En tanto que el cuerpo de la mujer fue examinado y presentó un orificio por arma de fuego en región dorso lumbarizquierda sin orificio de salida. Por orden del juez, se le practicará una autopsia.

FUENTE. INFONEWS

LA PAMPA: EL ABUSADOR ESTABA CON LIBERTAD CONDICIONAL !!


El hombre detenido por el crimen de Sofía Viale (12), cuyo cadáver fue hallado ayer enterrado debajo de una parrilla en una casa de la ciudad pampeana de General Pico, estaba bajo libertad condicional desde este año tras haber sido condenado por el abuso sexual de su propia hijastra.
El jefe de la comisaría 2a. de General Pico, Mauro Bertone, confirmó que el cadáver pertenece a la niña que estaba desaparecida desde hacía dos meses, y agregó que el hombre detenido había sido denunciado el mediodía de ayer por otro caso de violación de una adolescente que vive a tres cuadras de su casa.
Bertone agregó que junto al cadáver de Sofía, quien estaba vestida con la misma ropa con la que desapareció hace dos meses, fue hallado el carrito con el que la niña vendía pan.
Además, el jefe policial aseguró que el detenido es un hombre de 32 años, quien quedó apresado cuando se hallaba en la ciudad bonaerense de América, hacia donde había escapado al ver que ya estaba siendo buscado.
En tanto, también quedaron demorados su esposa y un hijo de ella, de 17 años, a quienes hallaron en la casa donde estaba el cuerpo de Sofía y se resistieron al allanamiento ordenado por la justicia.
Según el jefe policial, todo comenzó ayer cerca del mediodía cuando la madre de una adolescente de 14 años denunció en la comisaría de General Pico que un hombre con un arma blanca había ingresado por la fuerza a su hija a una casa en la calle 29, entre 41 y 42, y la había violado.
El caso de violación generó una fuerte reacción en el barrio, al punto que el padre de la nena violada se dirigió a la casa del supuesto violador y pretendió derribar la puerta a patadas.
El nuevo episodio de violación dio un nuevo impulso a los investigadores que tenían a su cargo la causa por la desaparición de Sofía, quien a esa altura llevaba 76 días sin ser vista.
A los investigadores les resultó llamativo que el hecho hubiera ocurrido en una casa ubicada a 100 metros de la vivienda en la que vivía Sofía, por lo que se dio participación, además de los agentes de la comisaría 2a. de General Pico, al grupo operativo que investigaba la desaparición de la niña.
“Cuando personal de criminalística va a la parte trasera de la casa, donde se hallaba el patio, descubre que debajo de una parrilla en construcción había cosas sospechosas, raras. Al hacer una pequeña excavación se encuentran restos de pelo que podían ser humanos”, dijo Bertone.
Los peritos que concurrieron al lugar determinaron luego, en base a indicios hallados en la escena del crimen, que el cuerpo pertenecía a Sofía, especialmente por la ropa que llevaba puesta, la edad, y el carrito con el que la niña repartía pan.
Los policía detuvieron horas más tarde al dueño de casa, quien ya había abandonado el lugar al enterarse que estaba siendo buscado.
Respecto a los antecedentes, Bertone confirmó a Télam que el hombre detenido “había sido condenado por abuso simple cuya víctima fue su propia hijastra, es decir, la hija de su mujer, con la cual aún hoy continuaba conviviendo”.
“Ella siempre supo que él abusaba de su hija pero prefirió seguir a su lado. A su hija la entregó a un familiar para que cuidara de ella”, explicó el jefe policial.
También confirmó que el acusado “también estuvo detenido por una denuncia en su contra por abuso en General Pico, pero también fue beneficiado con una libertad condicional”.
Respecto a los incidentes ocurridos anoche frente a la casa donde fue hallado el cadáver de Sofía, el jefe policial explicó que “hubo reacciones desmedidas, pero no de los vecinos y de la gente trabajadora, sino de jóvenes relacionados con el ambiente delictivo”.
“Intentaron tomar la casa, quemarla, por eso se impidió ese accionar ya que a su vez trabajaban peritos forenses en el patio buscando pruebas de lo que había sucedido”, relató el comisario Bertone.




Fuente: Telam

viernes, 2 de noviembre de 2012

EL DAÑO ESTÁ HECHO....

SANTA CRUZ: CONDENAN A UN HOMBRE POR VIOLENCIA DE GÉNERO


El Tribunal de Santa Cruz descartó aplicar la figura de la “emoción violenta” en un caso de violencia de género, alegando que el pedido de la defensa se fundaba en argumentos sexistas y discriminatorios incompatibles con los tratados y convenciones de derechos de las mujeres incorporados a la Constitución, como que la víctima “se había buscado” la agresión. La resolución fue tomada por la Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial de Caleta Olivia, en un fallo en el que se condenó a un hombre a un año y seis meses de prisión, de cumplimiento efectivo, por las lesiones y los daños graves que le causó a su ex esposa. La defensa del imputado sostuvo que tuvo una reacción violenta en un supuesto ataque de celos, porque dijo haber visto a su ex pareja con otro hombre, una situación que nunca se comprobó y que, por otra parte, el Tribunal advirtió que no tenía importancia ni era una excusa válida.
El hombre chocó con una camioneta Ford Ranger al VW Gol que conducía la mujer, luego la bajó por la fuerza tirándola de los cabellos y agrediéndola brutalmente con golpes de puño en el rostro y patadas en el cuerpo, provocándole múltiples fracturas y fisuras en la mandíbula.
“No hay, a mi juicio, circunstancia alguna que permita excusar tal estado emocional. Estaban separados desde hacía tres meses, no obstante lo cual SO (la víctima) tuvo la honestidad de decir que en uno de los encuentros posteriores a la ida de él de la casa, mantuvieron relaciones sexuales. En las relaciones humanas no es todo blanco o negro, menos en las de pareja. Pero una cosa es eso y otra bien distinta abonar la idea machista y prepotente de la mujer como objeto de pertenencia del varón, una idea basada en la sujeción, en la categorización y en el sentido de propiedad”, sostuvo el voto de la juez Cristina de los Angeles Lembeye, a cargo de la presidencia del Tribunal, al que adhirieron los otros dos integrantes, Juan Pablo Olivera y Humberto Eduardo Monelos. Lembeye agregó: “La concepción de sociedad patriarcal colada de manera macro y micro en todos los intersticios del entramado social es violatoria de la Constitución”.
El hombre condenado es Orlando Oscar Ruiz, de 47 años, propietario junto a su ex pareja de una radio en Caleta Olivia y congresal del Partido Justicialista.
La magistrada recordó en su voto que el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional coloca en el bloque de constitucionalidad a la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, conocida mundialmente por sus siglas en inglés, Cedaw, que obliga al Estado a “modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”. En ese sentido, la juez sostuvo que “entonces el Estado no puede ni debe, a través de sus jueces, perpetuar la concepción sexista. Está obligado por la Constitución a modificarla”.

FUENTE: LA OPINIÓN AUSTRAL 

jueves, 1 de noviembre de 2012

LA CÁMARA ANULÓ LA CAUSA DE LORENA MARTINS CONTRA SU PADRE


DE LA TRATA, NI HABLAR

La Sala I recurrió al artículo 178 del Código Procesal Penal que establece que una hija no puede denunciar a su padre y, en consecuencia, desestimó las acusaciones que la mujer que había formulado contra el exagante de inteligencia Raúl Martins, a quien había vinculado con una red de trata de personas mediante la administración de prostíbulos en Argentina y en México. Para el tribunal, avalar la investigación generaría "una seria afectación a garantías constitucionales", pero dispuso que siga adelante la investigación por el delito de "amenazas" contra la denunciante.
El fallo tomado por los jueces Eduardo Farah, Eduardo Freiler y Jorge Ballestero ratificó de esta manera la decisión que había tomado la jueza federal María Servini de Cubría, quien archivó la causa judicial.


El artículo 178 del Código Procesal Penal al que apelaron los camaristas indica que la "Prohibición de denunciar" establece que "nadie podrá denunciar a su cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del denunciante o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el denunciado".



Lorena Martins había dado la dirección de los siete boliches que maneja su padre en la Argentina, relató cómo quebraban a las chicas, cómo llevaron muchas a México –donde Martins también maneja el prostíbulo más importante de Cancún– y con quién se relacionaba la organización en la policía y en la inspección de la Ciudad. Lo que Servini no archivó, sino que sacó copias para que se investigue, es un relato de Lorena sobre una visita a un funcionario del gobierno porteño en el que se entregaron 10 mil pesos o dólares para la campaña de Mauricio Macri.



Los camaristas consideraron que hubo "una aparente contradicción entre dos valores de raigambre constitucional: la protección de la familia y el imperativo de afianzar la justicia. El interés del estado de investigar -y, en su caso, sancionar- la comisión de los delitos denunciados en este sumario, se enfrenta con la necesidad de preservar el vínculo familiar que une a Lorena Martins con el denunciado, que es su padre".



"En el escenario planteado, corresponde declarar la nulidad parcial -pues uno de los hechos allí contenidos escapa a la sanción- de la denuncia que motivó la formación de estas actuaciones, en lo concerniente a Raúl Martins", sostiene el fallo, de cinco páginas.



FUENTE: PÁGINA 12